Edmundo Varas, Director de KPMG Law en Chile

La irrupción de plataformas como Chat GPT y Dalle-E sin duda han causado un gran revuelo en relación a los impactos y usos que se le puede atribuir a la Inteligencia Artificial (IA). Sin embargo, esta discusión llama la atención si se considera que su desarrollo viene de los años 50 con los trabajos de Alan Turing, que permitían evaluar si una máquina tenía comportamientos similares a los de un ser humano.

Hoy se vuelve a poner sobre la mesa si se debe regular este sistema de algoritmos, debate similar al que se dio hace un tiempo respecto a la robótica y los desarrollos de la animación digital, y que comparten una raíz común: el reemplazo de los seres humanos por máquinas.

Si indagamos en el significado de la Inteligencia Artificial, de acuerdo a la OCDE, puede ser entendida como un sistema basado en una máquina que, con distintos niveles de autonomía, puede hacer predicciones, recomendaciones o decisiones que pueden influir en entornos reales o virtuales. Aunque no exista una definición única de IA, ella debe cumplir con 3 requisitos para poder ser considerada como tal: autonomía, adaptabilidad e interactividad.

Considerando su alcance, y que se trata de una herramienta creada por el ser humano, podemos prever posibles riesgos en su aplicación automatizada, tales como un sesgo algorítmico en perjuicio de un determinado grupo sociodemográfico u otros riesgos de discriminación arbitraria. Los sistemas de IA procesan data previamente cargada por seres humanos, por lo que un error en su configuración podría llevar a excluir a determinados grupos, por ejemplo, en procesos de contratación o predicción del perfil de clientes.

Un caso concreto se ha dado en el uso de IA en el sector creativo respecto a la propiedad intelectual de la obra. En marzo de este año, el Sindicato de Guionistas de Estados Unidos mantuvo una huelga y exigían en su petitorio definir al escritor como una “persona”. Esta discusión también se trasladó a la creación de pinturas mediante la utilización de IA, donde la disyuntiva estaba en dilucidar si estos sistemas realmente crean obras inéditas en base a una “inspiración” o solo realizaron un trabajo de síntesis basados en obras de otros artistas.

En un escenario de constante cambio, sin lugar a dudas la IA nos presenta varios desafíos que requerirán contar con un marco de acción que permitan delimitar su uso y ámbito de aplicación. En tal sentido, los principios propuestos por la Política Nacional de Inteligencia Artificial y el SERNAC podrían ayudarnos como guía de una eventual regulación, considerando como elementos claves la no discriminación, transparencia en la forma en que se estructuran las decisiones, bienestar de las personas, respeto a los derechos humanos, resguardo de la libertad, seguridad, responsabilidad de sus creadores y la posibilidad de cuestionar los resultados de la IA

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