• Frente a la pronta puesta en vigencia de la legislación que busca fortalecer las leyes relacionadas al acoso laboral, los establecimientos educacionales, en comparación con otros rubros, van a tener desafíos para aplicarla ya que actualmente se rigen por normas de convivencia escolar y estatuto docente. 

 

Mayo 2024.- Los casos de violencia en el ámbito escolar han aumentado dramáticamente en los últimos años. Según cifras entregadas por el Colegio de Profesores, en 2019 existían 206 casos de profesores golpeados o violentados, los cuales aumentaron a 466 en 2023. Y desde el 2022 hasta el 2023, las denuncias por maltrato a manos de estudiantes aumentaron un 58%. “Este es un fenómeno que ha permeado los espacios educativos a nivel nacional, evidenciando tensiones y conflictos en la sociedad. Y aunque la promulgación de la Ley Karin representa un avance hacia la creación de entornos seguros, su efectividad estará condicionada a su correcta implementación ya que no cuenta con las adecuaciones específicas al trabajo docente y a la realidad de los establecimientos educacionales”, explica Pedro Matamala, abogado laboral, socio en Provoste Matamala.

“Lo que anticipamos – explica Matamala – es que los colegios se van a enfrentar a dos desafíos importantes una vez que se ponga en marcha la Ley Karin, y eso es algo que sólo va a suceder en esos espacios. El primero es la coordinación entre las normas propias de la vida escolar y esta normativa especial laboral, puesto que habrá muchos casos donde habrá choques entre el tipo de norma que se aplica en relación con el procedimiento. Y lo segundo, tiene que ver con las sanciones, ya que, al existir responsabilidades dobles entre normas educacionales y laborales, existirá una duda razonable para determinar qué sanciones se deben aplicar”. Y agrega: “Lo que hemos podido ver en la asesoría a los distintos colegios e instituciones educacionales es que en general no hay una conciencia cierta en relación con lo que se debe hacer e implementar, y se tiene una errada idea de que la existencia de un reglamento de convivencia escolar es suficiente y abarca aspectos mayoritarios de la nueva ley, lo que no es efectivo”.

Los expertos señalan que los encargados de los colegios deben partir por conocer todos los reglamentos internos que tengan vigentes. Una vez resuelto esto, crear un protocolo específico para la aplicación de la Ley Karin, en especial la concordancia que existirá con las demás leyes que van a coexistir con ella, como la de identidad de género, la ley Zamudio y la ley de violencia contra la mujer. “Un porcentaje importante de los trabajadores de establecimiento educacionales son mujeres, por lo que puede haber conductas o situaciones que pueden afectar de mayor manera a ese colectivo”, explica el profesional.

 

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