Carmen Gloria Arroyo, abogada y socia de grupodefensa.cl

Es innegable el creciente y masivo uso y abuso de las redes sociales, que han pasado a ser parte de los hábitos diarios de nuestros jóvenes. Por una parte, el buen uso de esta herramienta ha permitido un acceso democrático, rápido y económico a todo tipo de información, pero, por otro lado, con la misma facilidad, abusadores y acosadores han descubierto una nueva forma de cometer sus ilícitos, dañando a otros desde una plataforma que les permite potenciar sus efectos y esconderse en el anonimato.

Tanto daño se ha producido desde estas herramientas tecnológicas que, desde el año 2019, se consideró necesario destinar cada 14 de marzo a promover su uso responsable entre los jóvenes y así mantener una sana convivencia escolar.

Una breve revisión de las cifras parece fundamento más que suficiente para preocuparnos del tema. El maltrato en la comunidad escolar se mantiene constante: el 2018 se registraron 1.192 denuncias; el 2019 un total de 1.166 y el 2022 se alcanzaron 1.890. Además, debemos considerar que, en nuestro país, el suicidio es la segunda causa de muerte juvenil (registrando cerca de 100 intentos semanales) y, según los expertos, el acoso escolar multiplica por once veces esas ideas suicidas. 

Esa aparente sensación de impunidad, que pareciera otorgarles la tecnología, puede derrumbarse rápidamente al revisar la ley 20.536 sobre violencia escolar, la que define el acoso escolar como: Toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque  en este último, maltrato, humillación o temer fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición (art. 16B)”.

Esta misma norma legal impone una serie de obligaciones tanto para los establecimientos educacionales, como para quienes participan del proceso. Esto se complementa con una circular de la Superintendencia de Educación que señala un mínimo de regulaciones de las que cada centro educacional debe hacerse cargo, como un procedimiento para recibir y resolver denuncias de acoso, responsables, plazos, medidas y denunciar al Ministerio Público o a las policías.

Este 14 de marzo, Día Nacional Contra el Ciberacoso, recordemos que estas conductas no tienen que permanecer en la impunidad. No seamos cómplices del daño irreparable que se le puede estar provocando a un niño, niña o adolescente.  

Como padres, apoderados, docentes, adultos, debemos estar atentos a cambios de ánimo, desmotivaciones o síntomas atípicos. Y siempre, en caso de tener información comunicarla a los encargados del centro educacional, pero si esto no fuera suficiente, es nuestro deber denunciar a la Superintendencia de Educación, Ministerio Público e incluso a la PDI o Carabineros. No sólo se arriesgan sanciones penales, sino también responsabilidades pecuniarias por eventuales perjuicios.

Digámosle fuerte y todos juntos: ¡no al ciberacoso!, ¡no a la impunidad en las redes sociales!

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