Con el regreso a clases, es común que colegios, apoderados y municipios compartan imágenes de estudiantes en redes sociales y plataformas digitales para destacar actividades escolares. Sin embargo, esta práctica puede implicar graves riesgos para la privacidad y seguridad de niños, niñas y adolescentes si no se toman las precauciones necesarias.

Según Katherynne Moreno Abogada experta en materias de Data Compliance, menciona que publicar imágenes de menores en plataformas digitales sin las debidas precauciones puede exponerlos a riesgos como:

  • Uso indebido de la imagen: Fotografías pueden ser descargadas, manipuladas o utilizadas sin autorización en contextos inapropiados.
  • Ciberacoso y acoso infantil: Exponer la imagen de un menor sin restricciones puede facilitar el contacto por parte de desconocidos o delincuentes.
  • Rastreo de ubicación: Algunas plataformas incluyen metadatos que pueden revelar información sobre la ubicación y actividades de los niños.
  • Suplantación de identidad: La información visual y personal de los menores puede ser usada con fines fraudulentos.

A nivel internacional, el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea y la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas establecen principios de resguardo de la privacidad infantil, exigiendo el consentimiento de los padres para el uso de sus imágenes.

En Chile, la Ley N° 21.430 sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia protege el derecho de los menores a la honra, la intimidad y la propia imagen, estableciendo que la divulgación de imágenes de niños y niñas requiere la autorización expresa de sus padres o tutores. Asimismo, la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada regula el tratamiento de datos personales, estableciendo sanciones por uso indebido de información.

Además, un reciente Dictamen de la Contraloría General de la República reafirma que los municipios deben abstenerse de publicar imágenes de menores sin la debida autorización de sus representantes legales, recordando que este tipo de prácticas puede constituir una vulneración a la privacidad infantil.

 

Dado el marco legal y los riesgos asociados,Katherynne Moreno también menciona que las instituciones educativas y municipios deben adoptar medidas claras para la gestión de imágenes de menores en redes sociales y medios digitales:

  1. Obtener el consentimiento expreso de los padres o tutores antes de publicar cualquier imagen de niños y adolescentes en plataformas digitales.
  2. Implementar políticas de privacidad y comunicación que establezcan criterios de resguardo y manejo de datos en entornos digitales.
  3. Difuminar o anonimizar rostros en publicaciones masivas, cuando no se cuente con autorización explícita.
  4. Evitar compartir información adicional en las imágenes, como nombres completos, establecimientos educativos o ubicaciones específicas.
  5. Capacitar a docentes y funcionarios sobre normativas de protección de datos, promoviendo un uso responsable de la información de los estudiantes.
  6. Monitorear y eliminar publicaciones inadecuadas o sin autorización, garantizando el cumplimiento de la normativa vigente.

El inicio del año escolar es una oportunidad para reforzar buenas prácticas digitales y garantizar la protección de la identidad y privacidad de los niños, niñas y adolescentes. Es responsabilidad de todos –familias, instituciones educativas y organismos públicos– crear un entorno digital seguro que resguarde sus derechos y bienestar.

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