Viviana Puentes Directora Escuela de Auditoría Universidad de Las Américas

A partir de 2025, con la información del segundo semestre del año 2024, las entidades financieras en Chile deberán reportar al Servicio de Impuestos Internos (SII) las operaciones bancarias de personas naturales que, dentro de un mismo día, semana o mes, reciban más de 50 abonos de 50 o más personas, o que en un semestre acumulen al menos 100 abonos de 100 personas diferentes.

Esta medida, incluida en la nueva Ley de Cumplimiento Tributario, busca reforzar el control sobre las actividades financieras, siendo un paso crucial en la lucha contra la evasión fiscal. Frente a este escenario surge la inquietud referente a si perderemos el resguardo de nuestra información personal en beneficio de un mayor control de la informalidad.

El objetivo es claro: aumentar la transparencia en los movimientos de dinero y combatir la evasión, especialmente en el comercio no regulado. Con esta normativa, el Estado busca detectar y uniformar estas actividades, promoviendo una recaudación más equitativa para quienes cumplen con sus obligaciones tributarias.

Un punto crítico es la protección de los datos personales. Los reportes no incluirán información sobre los originadores de los abonos, pero sí sobre el titular de la cuenta que recibe los depósitos. La normativa garantiza el anonimato de los aportantes y la confidencialidad de la información entregada al SII, conforme a las leyes vigentes.

Entonces, ¿perdemos el resguardo de nuestra información personal? No. Siempre que se respeten las garantías legales, la privacidad está protegida. Esta normativa busca asegurar una recaudación justa sin comprometer la confidencialidad financiera, pero esto no nos exime de la necesidad de revisar cómo se desarrolla la aplicación de esta nueva ley.

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