Carolina Araya, Directora Carrera de Derecho Ivonne Maldonado, Directora Carrera de Psicología Universidad de Las Américas, Sede Concepción

En el mes de la mujer, resulta importante destacar que ciertos micromachismos siguen presentes en la vida cotidiana y, lamentablemente, continúan siendo aceptados por la sociedad. ¿Qué ocurre cuando una mujer es acosada? Aunque actualmente existe un marco legal que sanciona el acoso en el ámbito laboral, en espacios públicos y en instituciones de educación superior, aún persisten vacíos normativos cuando la víctima no se encuentra dentro de estos escenarios.

Si bien no está específicamente diseñada para estos casos, una posible vía legal es la acción de protección, la cual debe fundamentarse en la vulneración de la primera garantía constitucional establecida en el artículo 19 de la Ley Fundamental: el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica. Para ello, es necesario acreditar ante la Corte de Apelaciones correspondiente cómo la conducta de acoso vulnera esta garantía, solicitando al tribunal el restablecimiento del derecho. En caso de ser acogida, eventualmente podría imponerse una sanción en costas y sentar las bases para una demanda posterior que busque la indemnización por los daños causados. Pero, ¿realmente existe la disposición para activar vías judiciales? ¿se otorgará credibilidad a los testimonios? o ¿se seguirá cuestionando a las víctimas?

Desde la perspectiva psicológica, es importante señalar que el acoso sexual hacia una mujer no siempre se manifiesta de manera explícita. En muchas ocasiones, adopta formas pasivo-agresivas, como miradas lascivas o insinuaciones verbales, dejando espacio para la duda: ¿se trata realmente de acoso o es una percepción exagerada? En este sentido, la invitación es a estar alerta, ya que si una conducta o actitud genera la pregunta «¿esto es acoso?», la respuesta, en la mayoría de los casos, es sí.

Estas prácticas abusivas provocan sentimientos de inseguridad, temor, vergüenza, culpa, minusvalía, rabia y tristeza, los que a su vez pueden desencadenar cambios conductuales, fisiológicos y emocionales que dejan una profunda huella en la trayectoria de vida.

Carolina Araya, Directora Carrera de Derecho Ivonne Maldonado, Directora Carrera de Psicología Universidad de Las Américas, Sede Concepción

En el mes de la mujer, resulta importante destacar que ciertos micromachismos siguen presentes en la vida cotidiana y, lamentablemente, continúan siendo aceptados por la sociedad. ¿Qué ocurre cuando una mujer es acosada? Aunque actualmente existe un marco legal que sanciona el acoso en el ámbito laboral, en espacios públicos y en instituciones de educación superior, aún persisten vacíos normativos cuando la víctima no se encuentra dentro de estos escenarios.

Si bien no está específicamente diseñada para estos casos, una posible vía legal es la acción de protección, la cual debe fundamentarse en la vulneración de la primera garantía constitucional establecida en el artículo 19 de la Ley Fundamental: el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica. Para ello, es necesario acreditar ante la Corte de Apelaciones correspondiente cómo la conducta de acoso vulnera esta garantía, solicitando al tribunal el restablecimiento del derecho. En caso de ser acogida, eventualmente podría imponerse una sanción en costas y sentar las bases para una demanda posterior que busque la indemnización por los daños causados. Pero, ¿realmente existe la disposición para activar vías judiciales? ¿se otorgará credibilidad a los testimonios? o ¿se seguirá cuestionando a las víctimas?

Desde la perspectiva psicológica, es importante señalar que el acoso sexual hacia una mujer no siempre se manifiesta de manera explícita. En muchas ocasiones, adopta formas pasivo-agresivas, como miradas lascivas o insinuaciones verbales, dejando espacio para la duda: ¿se trata realmente de acoso o es una percepción exagerada? En este sentido, la invitación es a estar alerta, ya que si una conducta o actitud genera la pregunta «¿esto es acoso?», la respuesta, en la mayoría de los casos, es sí.

Estas prácticas abusivas provocan sentimientos de inseguridad, temor, vergüenza, culpa, minusvalía, rabia y tristeza, los que a su vez pueden desencadenar cambios conductuales, fisiológicos y emocionales que dejan una profunda huella en la trayectoria de vida.

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