El Gobierno condenó que una empresa privada ofrezca como servicio la emisión de un certificado laboral que agrupa antecedentes personales que solo pueden ser obtenidos por medio de la Clave Única.

“Una vez que una persona entrega su Clave Única no sabe qué uso va a tener posteriormente”, afirmó el ministro de Hacienda, Mario Marcel.

En ese sentido, surge la interrogante: ¿es legal transferirle este uso de acceso personal a un tercero?

“El vacío legal permite a la empresa actuar de esta manera”

La Clave Única es una identidad digital que le permite a los ciudadanos acceder a todo tipo de servicio público que esté en línea (online). Sin embargo, “su la naturaleza reglamentaria no es legal, sino que es a través de actos administrativos y términos de uso que dan los distintos servicios”, precisa Claudio Álvarez, doctor en Ciencias de la Computación y académico de la Facultad de Ingeniería y Ciencias Aplicadas de la Universidad de los Andes (UANDES).

“Esto quiere decir que, si uno transfiere su Clave Única a otra persona, eso no es un delito, no es un acto punible y tampoco sería un acto punible darle la clave a una persona jurídica, a una empresa, para que haga tareas que normalmente nosotros haríamos”, explica.

De este modo, el también profesor de Programación y Tecnologías Web comenta que existe un vacío legal respecto al uso de la Clave Única para efectos de que un tercero pueda acceder a los servicios públicos y, por ejemplo, recolectar información para hacer reportes.

“Entonces, el vacío legal permite a la empresa actuar de esta manera, si bien está infringiendo actos normativos, administrativos y que no reciben una sanción penal, a menos que se pueda comprobar que hay un dolo, que hay una forma fraudulenta de uso de los datos y que no hay un consentimiento por parte de la persona que entrega su clave”, añade.

Todo esto actualmente permite que una persona pueda entregar su clave, no sufrir ningún tipo de persecución penal a cambio de eso y que una empresa pueda usar también dicha identidad digital, indica el experto. “Y esto tiene toda una suerte de riesgos muy grandes de seguridad si es que la empresa no administra bien la seguridad de todas esas claves que recolecta”, continúa.

“Es un potencial riesgo de seguridad y, por lo tanto, esta acción de poder entregarle la Clave Única a una empresa es naturalmente algo que tiene que ser debidamente regulado y legislado, y la clave siendo un instrumento personalísimo tendría que ser, entonces, resguardado por la legislación con penas para quien usa la clave de la manera como se está haciendo actualmente”, concluye Álvarez.

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Equipo Prensa
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